
Política comercial: la Comisión decide restringir la participación china en la adquisición de productos sanitarios
La Comisión adoptó un Reglamento de Ejecución por el que se establece una medida del Instrumento de Contratación Internacional (ICI) que restringe el acceso de los operadores económicos y los productos sanitarios originarios de la República Popular China al mercado de contratación pública de productos sanitarios de la UE. En concreto, la medida excluye a los operadores chinos de todos los procedimientos que tengan por objeto productos sanitarios y cuyo valor sea igual o superior a 5 millones €. El Reglamento señala que las medidas y prácticas constatadas que ha establecido y que aplica China han causado un perjuicio significativo a los fabricantes de productos sanitarios de la Unión, que representan aproximadamente 700.000 puestos de trabajo en la UE. Igualmente, destaca que el efecto que podría tener la medida en lo referente a eliminar los obstáculos discriminatorios en el mercado de la contratación pública de productos sanitarios en China y subsanar las dificultades graves y recurrentes de acceso que sufren los operadores económicos de la UE podría ser beneficioso para los fabricantes de la Unión y, por tanto, podría servir para aumentar la creación de empleo en el sector. La medida es resultado de la investigación que inició la Comisión en abril de 2024, tras considerar que existían indicios suficientes de que el Gobierno chino había dificultado el acceso de los operadores económicos, bienes y servicios de la UE al mercado de la contratación pública de productos sanitarios. En Reglamento entrará en vigor el próximo 30 de junio. Más información





