Mercado único: acuerdo provisional sobre la Ley de Emergencia y Resiliencia del Mercado Interior (“SMEI”)
01/02 El Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional sobre la propuesta de Reglamento por el que se establece la Ley de Emergencia y Resiliencia del Mercado Interior (inicialmente titulada Instrumento de Emergencia del Mercado Único – SMEI por sus siglas en inglés). El acuerdo aclara el ámbito de aplicación de la norma, de modo que deberá limitarse a cuestiones relacionadas con el mercado único y a situaciones de crisis, sin interferir en áreas de competencia nacional. En casos en los que una crisis amenace el suministro de bienes y servicios esenciales, como último recurso, la Comisión podrá solicitar a las empresas algunos datos, por ejemplo, relativos a sus niveles de reservas de ciertos productos. Asimismo, podrá emitir solicitudes prioritarias para adquirir bienes o servicios críticos, que las empresas podrán aceptar de manera voluntaria. Por último, se prevé la posibilidad de que el Ejecutivo europeo y los Estados miembros, o los Estados miembros entre sí, lleven a cabo procedimientos conjuntos de contratación pública para adquirir bienes o servicios relevantes en tiempos de crisis. BusinessEurope celebró las mejoras introducidas con respecto a la propuesta original para permitir que la UE esté mejor preparada para las crisis. Como próximos pasos, los colegisladores deberán refrendar el acuerdo provisional para su entrada en vigor. Más información